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lunes, 18 de noviembre de 2024

Leyes para un futuro inmediato: Organismos genéticamente modificados en Cuba

Existen productos desarrollados por nuestro país, los cuales representan una alternativa para la generación de semillas para el desarrollo agrícola...

en Juventud Rebelde 23/07/2020
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Se trata de una alternativa que gestiona la nación al ser completamente compatible con el desarrollo de la agroecología y la agricultura convencional

La Gaceta Oficial Ordinaria No. 52 de la República de Cuba da a conocer hoy el Decreto-Ley No. 4/2020 relativo a la creación de la Comisión Nacional para el uso de los Organismos Genéticamente Modificados en la agricultura cubana, el cual cuenta con dos normas complementarias que tienen como propósito armonizar el proceso de toma de decisiones entre las diferentes autoridades en materia del uso de estos organismos.

En conferencia de prensa ofrecida este miércoles en la sede del Ministerio de Ciencia Tecnología y Medio Ambiente (Citma), el viceministro de este organismo, Armando Rodríguez Batista, precisó que entre los objetivos de esta normativa destaca la incorporación del uso ordenado y controlado de los  organismos genéticamente modificados en los programas de desarrollo agrícolas como una alternativa para incrementar la productividad.

Según remarcó, eso significa que hay una fuente proveniente de la ciencia que son productos desarrollados por nuestro país, los cuales representan una alternativa para la generación de semillas para el desarrollo agrícola.

Insistió que al tratarse de una alternativa le imprime una coherencia incuestionable al desarrollo sostenible que gestiona la nación al ser completamente compatible con el desarrollo de la agroecología y la agricultura convencional, así como con otras tecnologías que más adelante se promocionarán y se relacionan con el moderno paradigma de la agricultura de precisión.

«No estamos diciendo este es el camino, sino esta es una alternativa más y es muy importante su vínculo con el momento que el país atraviesa, el cual requiere impulsar la soberanía alimentaria y nutricional sobre las bases de la ciencia, la tecnología y la innovación autóctona. Sobre la base de las producciones nacionales y la incorporación de la industria», subrayó.

El funcionario sostuvo que este marco legislativo tiene un vínculo importante con la Tarea Vida. Y advirtió que en Cuba existen lugares afectados por el estrés hídrico, la salinidad y la producción de híbridos, por lo que los organismos genéticamente modificados pueden ser una alternativa para superar esas limitaciones.

Rodríguez Batista aseveró que esta normativa refrenda la soberanía nutricional al tiempo que promueve el avance en la soberanía tecnológica, ya que defiende el concepto de producir parte de la semilla que se empleará en la agricultura. Lo legislado no solo es un espaldarazo a la producción biotecnológica, sino que también apoya el desarrollo de una infraestructura tecnológica que debe acompañar a este empeño para garantizar el control de los organismos genéticamente modificados que se producirán en el país.

También precisó que estas normas en un primer momento tienen como epicentro la creación de una comisión nacional para el uso de los organismos genéticamente modificados en la agricultura cubana, pero que más adelante, cuando se empiece a trabajar en ese sentido, cobrará fuerza en la ejecución de una estrategia de desarrollo agrícola.

ENCONTRAR UN ESPACIO COHERENTE

Por su parte, Antonio Casanova Guilarte, director de Control Ambiental de la Oficina de Regulación y Seguridad Ambiental del Citma, al referirse al Decreto Ley No 4/2020 aclaró que su ministerio preside la referida comisión pero en ella intervienen autoridades de los ministerios de Salud Pública y la Agricultura.

Comentó que lo primero que promueve el marco normativo es encontrar un espacio coherente donde las decisiones que se adopten se tomen de manera consensuadas en aras de garantizar un mayor beneficio para el país.

El compendio de regulaciones se aplicará a entidades de la agricultura vinculadas a los organismos genéticamente modificados, entre estos quienes los emplean de manera experimental, en ensayos, liberación al medio ambiente con fines productivos, importación y exportación, así como a quienes lo usan como alimento humano y animal, incluidos los responsables de su procesamiento, almacenamiento, transporte y comercialización.

Esta normativa busca establecer un sistema único de trazabilidad y etiquetado de estos organismos modificados genéticamente previo a su comercialización y crea un sistema nacional de notificación.

Como apuntó Casanova Guilarte, la política destaca el derecho de Cuba a un desarrollo próspero y sostenible, coadyuva a contrarrestar el impacto del cambio climático con  una inversión fuerte que se avizoró hace años y parte del desarrollo de la biotecnología. Asimismo, fortalece el papel de las autoridades nacionales reguladoras y propicia el desarrollo de la infraestructura para vigilar y monitorear estos organismos modificados genéticamente.

SOBRE EL EJERCICIO DE LAS FUNCIONES

El Decreto–Ley No. 4/2020 se refuerza con la Resolución No. 198 Reglamento sobre el ejercicio de las funciones de la Autoridad Nacional, del Punto de Contacto para medidas de emergencias y Punto Focal Nacional para el intercambio de información de la República de Cuba en relación con el Protocolo de Cartagenas sobre Seguridad de la Biotecnología del Convenio sobre Diversidad Biológica.

  • Descargue aquí las Metas Nacionales para la Diversidad Biológica 2016-2020

La Resolución No. 199 Reglamento de Seguridad Biológica para el uso de agentes biológicos y sus productos, organismos y fragmentos de estos con información genética, también complementa el Decreto–Ley No. 4/2020.

La política fue elaborada por un grupo temporal de trabajo conducido por la Comisión de Implementación y Desarrollo de los Lineamientos. La misma fue consultada con investigadores, expertos y también con diversos organismos.

Como se puntualizó en la rueda de prensa, la política para el uso de los organismos genéticamente modificados en la agricultura cubana es parte de un paquete de políticas del sistema de ciencia, tecnología e innovación de Cuba. Es una política tecnológica porque tiene importantes acápites con respecto a las capacidades científicas y tecnológicas que ha desarrollado el país a partir del proceso revolucionario, que nos coloca en posición respetable para producir semilla con fuentes en organismos genéticamente modificados.

Esta política complementa otras que ya han sido aprobadas, como la de empresas de altas tecnologías, la de los parques científicos-tecnológicos, la de empresas de interfaces universidad-centros de investigación-empresas, y otras normas que más adelanté verán la luz, y tienen que ver con la conformación del sistema nacional de innovación.

Este paquete de legislaciones  contribuye a que el país tenga una mayor capacidad de innovación y se  pueda utilizar cada vez más los resultados de la ciencia e introducirlos y aplicarlos en las empresas y productores, con el objetivo de dinamizar la innovación.

El vicetitular del Citma calificó esta política como abarcadora de la dimensión tecnológica, al tiempo en que se responsabiliza socialmente y en materia medioambiental, y garantiza la seguridad biológica.

También responde al principio rector del Plan 2030 y su acápite número 13 que promueve alcanzar niveles de producción, industrialización y comercialización de alimentos que garanticen un alto grado de autosuficiencia e incrementen las exportaciones.

Yisell Socorro Cedeño, asesora jurídica de la Dirección Jurídica del Ministerio de la Agricultura, acotó que tanto el Decreto- Ley como las resoluciones complementarias tributan al desarrollo e incremento de la producción agropecuaria; y garantizan  la soberanía y seguridad alimentaria, concepto que refuerza la capacidad de proporcionarle a toda la población  alimentos suficientes, los cuales deben ser sanos e inocuos, y responder a parámetros de calidad y variabilidad.


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