//

sábado, 23 de noviembre de 2024

Algo más que una obligación

La actual campaña de pago de los tributos, que concluye el próximo 31 de marzo, no es sólo una obligación legal, sino una manera de contribuir todos al mantenimiento de las conquistas sociales de Cuba...

Raúl Menchaca López en Exclusivo 24/02/2012
0 comentarios
Bandera cubana y vista del morro
El trabajo por cuenta propia se fortalece en Cuba.

La actual campaña de pago de los tributos marcha con cierto retraso, pues aún casi el 18 por ciento de los contribuyentes no ha recogido sus documentos en las correspondientes sedes de la Oficina Nacional de la Administración Tributaria (ONAT).

El pago, iniciado el tres de enero y que se extiende hasta el 31 de marzo, está amparado por la Ley Número 73, aprobada por la Asamblea Nacional en agosto del 94, tres meses antes de la constitución de la ONAT, una entidad adscrita al Ministerio de Finanzas y Precios y encargada de recaudar los ingresos del Presupuesto estatal.

En las sedes de la ONAT, que tiene presencia en todos los municipios, no se paga el tributo, sino en las sucursales de los Bancos Metropolitano, Popular de Ahorro y de Crédito y Comercio, que son los agentes recaudadores designados por el estado.

Durante el pasado año, la recaudación de los contribuyentes ascendió a más de 900 millones de pesos, un aumento de 3,6 por ciento en relación al 2010, tendencia que debe proseguir en este 2012 por la continuidad de la política gubernamental de favorecer el crecimiento del trabajo por cuenta propia.

Los contribuyentes deben recibir de manera gratis, en cada sede de la ONAT, el Modelo de Declaración Jurada y su Instructivo, que explica cómo llenar ese documento; la relación de Obligaciones Fiscales para 2012, que detalla qué debe pagarse en cada mes; una Carta Explicativa, que enumera las responsabilidades y derechos; así como el Registro de Ingreso y Gastos para ayudar al trabajo de los contribuyentes.

Para adquirir ese último documento, y hacerlo válido, se requiere de un sello de 5.00 pesos que se compra en cualquier sucursal de la Empresa de Correos, oficinas que han tenido que enfrentar las tensiones que genera el hecho de asumir el triple de las solicitudes normales de esas estampillas de timbre.

En la más reciente sesión de la Asamblea Nacional, en diciembre último, se aprobó la Ley de Presupuesto estatal para el presente año, que establece que quienes realicen el pago antes del 28 de febrero recibirán como bonificación un descuento del cinco por ciento sobre el total a pagar y además extendió hasta los días 20 el plazo de atención a los contribuyentes en los bancos, que antes sólo llegaba hasta el diez y coincidía con el pago a los jubilados.

Para asesorar a los contribuyentes en el llenado de los documentos, en la actualidad todas las sedes de la ONAT tienen funcionarios capacitados, quienes no obstante no pueden llenar esas planillas, pues ese constituye un acto de responsabilidad personal.

También colaboran en esa tarea especialistas de la Asociación Nacional de Economistas y Contadores de Cuba (ANEC), así como los cobradores-pagadores y tenedores de libros, una modalidad de trabajo por cuenta propia que se dedica a ofrecer ese servicio.

Una vez llenados los documentos, quienes deben pagar tienen que hacerlo en cualquier sucursal bancaria, donde, hay que aclarar, los Comerciales no están capacitados para llenar, ni asesorar en la Declaración Jurada, cuyo importe los cajeros sólo tienen que cobrar, no comentar, ni mucho menos modificar.

Los bancos recomiendan a los trabajadores por cuenta propia abrir cuentas corrientes que permiten no solo operar ingresos y gastos, sino además hacer las correspondientes transferencias para pagar los tributos, sin tener que llevar efectivo.

La demora en los pagos tiene una penalización gradual, que va desde un recargo del cinco por ciento mensual hasta el 0,2 por ciento por cada día atrasado, además de que hay sanciones que incluyen hasta el cierre de los negocios particulares, si los hubiera.

También hay multas de hasta 10 mil pesos y en casos extremos se aplica la ley penal a partir del delito de evasión fiscal, penado con cárcel de dos a cinco años, aunque si hay agravantes la sanción puede ser de tres a ocho.

En la actualidad hay 16 casos sancionados por evasión fiscal con penas que van desde trabajo con internamiento hasta la privación de libertad.

Hay que entender que pagar los tributos no es un capricho gubernamental, sino una necesidad económica que cumplen todos los estados y que en el sui generis caso cubano sirve para enfrentar gastos sociales como la educación, la salud o la cultura que absorben casi el 70 por ciento del dinero recaudado.

Pagar lo establecido y en tiempo no es solo tener disciplina tributaria, sino participar en el desarrollo de una sociedad de la que nos beneficiamos todos, es decir no es solo una obligación legal y ética, sino una manera solidaria de garantizar entre todos las conquistas de la revolución.


Compartir

Raúl Menchaca López


Deja tu comentario

Condición de protección de datos