Las operaciones inter empresariales y comerciales a nivel mayorista, en moneda extranjera, se ha incluído como una nueva fuente de divisas en la economía cubana.
Así lo recoge la Resolución 103/2026 del Ministerio de Economía y Planificación (MEP), publicada este jueves 10 en la Gaceta Oficial ordinaria número 76, junto a otra del Banco Central de Cuba (BCC), la número 102/2026, referida a las Normas para la apertura de cuentas bancarias en divisas.
Las transformaciones económicas y sociales, aprobadas por la Asamblea Nacional del Poder Popular el 18 de junio pasado, demandaban actualizar las Bases generales para el sistema de gestión, control y asignación de esas monedas.
Por un lado, en un contexto de restricciones de su disponibilidad debido al recrudecimiento sin precedentes del bloqueo estadounidense, y por el otro, de ampliación de facultades otorgadas a los actores económicos, y mayor flexibilidad y autonomía empresarial y territorial, resultaba necesario atemperar la Resolución 140/2025 del MEP.
Como explicó a este periodista Susset Rosales Vázquez, directora general de Planificación y Desarrollo del referido organismo, la nueva disposición permite que en las transacciones en divisas las entidades estatales, las formas de gestión no estatal y las cooperativas, entre otros, puedan operar con mayor fluidez, flexibilidad y autonomía en aras de dinamizar la economía.
La prioridad la tienen los sectores exportadores y sustitutos de importaciones, además de que mediante pagos directos en monedas extranjeras se pretende que se encadenen y estrechen los vínculos productivos, minimizando las distorsiones de tipo de cambio existentes en la actualidad.
A su vez la nueva resolución coadyuga al reaprovisionamiento de materias primas e insumos para las diferentes producciones, y al acceso oportuno a las divisas para el sostenimiento de las actividades productivas y de servicios, con impactos directos en la oferta a la población sin tener que acceder al mercado cambiario.
Aclaró Susset Rosales que aún cuando las transacciones en divisas en las operaciones inter empresariales y comerciales mayoristas, devienen fuente de estas monedas, en el comercio minorista continúan las operaciones en moneda nacional y sólo se aprobarán en USD las que sean por interés del país.
Sin dudas, con ello se busca la protección de la población y mejorar el poder adquisitivo del peso cubano, evitando que el acceso a los bienes y servicios quede supeditado a la tenencia de divisas y la volatilidad actual del tipo de cambio.
Por eso el uso de la divisa se regula en aras de que los actores económicos se reaprovisionen y produzcan cada vez más, y la medida está en correspondencia con el objetivo estratégico de la desdolarización y con la política monetaria del país.
Incluso se amplía la posibilidad de pagos en divisas a lo interno de la economía por los proyectos de cooperación internacional, según se acuerde entre las partes.
La Resolución 103/2026, del Ministerio de Economía y Planificación entró en vigor desde su publicación este jueves en la Gaceta Oficial y tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de este año.
Sobre la apertura de cuentas bancarias en divisas por los actores económicos
También en conversación con Ian Pedro Carbonell Karell, director de Sistemas de Pagos del Banco Central de Cuba, supimos que de acuerdo con la Resolución 102/2026, referida a las Normas para la apertura de cuentas bancarias en divisas, se pretende flexibilizar los mecanismos existentes con este propósito.
Mencionó como importantes y novedosos elementos, autorizar que los actores económicos no estatales puedan depositar divisas en efectivo en sus cuentas corrientes, y puedan ordenar pagos al exterior directamente en su banco, por concepto de importación u otros relacionados con su actividad económica, sin tener que pasar ese proceso de pago por la entidad importadora.
Es decir, el mecanismo de pago lo puede hacer directamente con el banco y una vez que se ejecute y que tenga el comprobante del mismo, entonces lo puede remitir al importador, puntualiza el entrevistado.
Ian Pedro Carbonell aclara que la normativa del BCC es con vistas a acompañar a las transformaciones económicas y sociales, al flexibilizar el marco regulador existente para la operatoria con las divisas de todos los actores económicos de la economía, de manera que no existan trabas en las relaciones inter empresariales y comerciales mayoristas, y se incrementen la producción y los servicios.
Con la anterior normativa la empresa estatal podía tener su cuenta en divisa, y eso le daba cierta capacidad y autonomía, pero al pagarle a un actor privado no podía hacerlo si éste no estaba autorizado a operar en divisa, señala el directivo.
Con los ingresos lícitos de su negocio los titulares pueden depositar efectivo en su cuenta corriente, y con sus saldos pueden solicitarle a su banco ordenar un pago en el exterior, explica el director de Sistemas de Pagos del BCC.
La Resolución de esta institución entrará en vigor siete días después de su publicación este jueves 10, en la Gaceta Oficial.
Más flexibilidad en las transacciones en divisas entre los actores económicos
En aras de ordenar, ampliar y dinamizar, en el comercio mayorista, tales operaciones en moneda extranjera entre las empresas y las formas de gestión no estatal, nuevas normativas acompañan en ese sentido a las transformaciones económicas y sociales en ejecución...
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